Redacción Animal Político · 6 de julio de 2025
En septiembre de 2015, México —junto con los otros Estados miembros de la Organización de las Naciones Unidas— adoptó la Agenda 2030, un plan de acción con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) orientados a erradicar la pobreza, reducir las desigualdades, promover sociedades justas, pacíficas e inclusivas, entre otras acciones para promover el desarrollo. El compromiso internacional de México con la Agenda 2030 implica —al menos en el plano discursivo— una obligación de no dejar a nadie atrás. Sin embargo, al observar el diseño y ejecución de las políticas públicas penitenciarias en el país, queda claro que uno de los sectores históricamente invisibilizados en este esfuerzo es, precisamente, la población privada de libertad.
El Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y el Programa Nacional de Derechos Humanos 2020-2024 —como ejes de la política pública nacional— reproducen una constante preocupante: omitir a las personas privadas de libertad como grupo prioritario en las estrategias de desarrollo y protección social. 1 Esta exclusión contradice directamente los principios rectores de la Agenda 2030 y refuerza la desigualdad estructural que enfrentan mujeres, personas indígenas y población LGBTIQ+ en reclusión. La negligencia institucional no es un accidente: es el resultado de una política criminal que sigue premiando el castigo sobre la prevención, la reclusión sobre la inclusión, y la homogeneización sobre la diferencia.
Hoy, en pleno 2025, la mayoría de las mujeres en reclusión (14,842 mujeres) siguen sin acceso a productos de higiene menstrual básicos. Las personas indígenas continúan privadas de libertad en prisión preventiva (3,035 personas), 2 sin intérpretes ni asistencia jurídica adecuada, lo que vulnera flagrantemente su derecho a una defensa efectiva. La población LGBTIQ+ (3,644 personas) 3 enfrenta tratos humillantes y negaciones sistemáticas de su identidad de género, en clara violación a los principios de dignidad humana y no discriminación.
Si bien el Estado mexicano ha recibido decenas de recomendaciones de organismos internacionales sobre estas cuestiones —como de la ONU y la CIDH—, su implementación ha sido fragmentaria, desarticulada y, en muchos casos, puramente simbólica. Lo que debería ser una hoja de ruta se ha convertido en un check list burocrático. Se publican informes, pero no se actualizan. Se diseñan programas, pero no se les asigna presupuesto ni indicadores claros. Se hacen compromisos, pero no se construyen puentes institucionales para cumplirlos.
La ausencia de una política penitenciaria con enfoque interseccional, de género e intercultural es un síntoma de algo más profundo: la falta de voluntad del Estado para reconocer a las personas privadas de libertad como sujetas de derechos. Sin datos desagregados, sin procesos de escucha activa a esta población, sin participación efectiva de organizaciones especializadas, cualquier esfuerzo por “alinearse con la Agenda 2030” resulta vacío.
Pero este escenario puede y debe cambiar. La transformación pasa por tres rutas interconectadas y urgentes.
Primero, es indispensable el diseño de políticas públicas penitenciarias integradas, que no sean documentos declarativos, sino instrumentos vivos con objetivos claros, acciones concretas, metas verificables y presupuesto etiquetado. Estas políticas deben incorporar enfoques diferenciados e interseccionales, que tomen en cuenta las múltiples capas de vulnerabilidad que atraviesan a quienes están en reclusión: ser mujer, ser indígena, ser LGBTIQ+, ser migrante o tener una discapacidad. Implementarlas requiere coordinación interinstitucional real, una base de datos nacional unificada, y mecanismos de evaluación periódica con participación ciudadana. El impacto de esta ruta puede ser profundo. Permitiría transitar de una política de control social a una de garantía, de la invisibilización al reconocimiento, y de la exclusión a la reparación estructural. También evitaría que se sigan diseñando programas “universales” que ignoran las realidades particulares, perpetuando desigualdades dentro del encierro.
Segundo, se requiere fortalecer las instituciones encargadas de garantizar derechos durante la ejecución penal, empezando por jueces y juezas especializados. A casi una década de la creación de los tribunales de ejecución, aún hay entidades donde una sola persona juzgadora atiende a miles de personas privadas de libertad. Es urgente ampliar su número, garantizar su formación continua en derechos humanos, género e interseccionalidad, y evitar que esta tarea sea asumida por jueces de control sin preparación adecuada. A la par, debe consolidarse una defensoría pública robusta, con presencia efectiva en todos los centros penitenciarios, capaz de litigar no solo beneficios legales, sino condiciones dignas de vida. Organismos como la CNDH y el Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura deben dejar de ser figuras decorativas y asumir una función exigente, con recomendaciones vinculantes, informes con seguimiento y participación de las personas afectadas. Fortalecer estas instituciones permitirá romper el círculo de impunidad dentro de los centros penitenciarios y garantizaría que el acceso a la justicia no se detenga al dictarse una sentencia.
Tercero, es fundamental reconocer la experiencia vivida de las personas privadas de libertad y de las organizaciones de la sociedad civil como insumo legítimo de política pública. Nada sobre nosotras sin nosotras. La voz de quienes han estado privadas de libertad, o lo están actualmente, es esencial para identificar barreras reales, evaluar programas existentes y diseñar soluciones pertinentes. Esto implica generar espacios seguros de participación, incorporar testimonios en la formulación normativa, y crear mecanismos permanentes de consulta en todos los niveles de gobierno. Asimismo, las organizaciones que por décadas han acompañado estos procesos deben dejar de ser vistas como adversarias y convertirse en aliadas estratégicas. Incluir estas voces no solo es un acto de justicia restaurativa, también es una medida de eficacia institucional. Ninguna política puede ser eficaz si no es legítima, y ninguna legitimidad es posible sin escuchar a quienes viven en carne propia la reclusión.
Cumplir con los ODS —especialmente el ODS 16 sobre paz, justicia e instituciones sólidas—, más allá de conformarse por actos de buena voluntad, representa una exigencia ética y jurídica frente a quienes han sido históricamente excluidos. La prisión no debe ser un espacio de castigo perpetuo, sino un ámbito donde la dignidad humana pueda ser reconstruida, incluso en condiciones adversas.
En este proceso, la Agenda 2030 no debe ser vista como una aspiración lejana; más bien, como una brújula concreta para reconfigurar el presente. Para ello, el primer paso es dejar de invisibilizar a quienes ya lo han perdido todo: su libertad, su voz y, en muchos casos, su futuro.
* José Luis Gutiérrez Román (@JLuisASILEGAL) es Doctor en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México y Director General en ASILEGAL @AsíLegalMx.
1 Aunque las personas privadas de libertad son mencionadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y el Programa Nacional de Derechos Humanos 2020-2024, no entran en la política social. En el Plan Nacional de Desarrollo, su inclusión se limita al ámbito de derechos humanos y justicia al buscar dignificar los sistemas penitenciarios, mientras que en el Programa Nacional de Derechos Humanos se incluyen como víctimas de violaciones graves a derechos humanos por su vulnerabilidad a la tortura y otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, así como se busca la mejora de las condiciones de internamiento para prevenir violaciones a derechos humanos.
2 Solicitud de acceso a la información, folio 30024025000127, respondida por el OADPRS el 2 de junio de 2025
3 Solicitud de acceso a la información, folio 30024025000127, respondida por el OADPRS el 2 de junio de 2025