¡No son las elecciones, es contra el sistema!

Redacción Animal Político · 6 de junio de 2025

¡No son las elecciones, es contra el sistema!

El presente texto pretende responder de manera general, aunque no exhaustiva, a la siguiente pregunta: ¿a qué se deben las altas cifras de abstencionismo derivadas de las elecciones para renovar el Poder Judicial? De la cual se desprende otra más específica: ¿el abstencionismo puede interpretarse como un mensaje político contundente de oposición e inconformidad a la reforma judicial, o su causalidad responde, más bien, a otras variables?

A pesar de las cifras récord de la elección judicial del pasado domingo 1 de junio, los resultados electorales se encuentran lejos de ser sorpresivos para sus artífices, para quienes un porcentaje de abstención de alrededor del 87 % forma parte de un costo político que ya estaba presupuestado desde el momento en que se decidió que las magistraturas judiciales fueran sometidas al sufragio popular.

Desde luego, era imperativo que la movida reformista siguiera una trayectoria típicamente gatopardista, digna del propio Tancredi Falcone, protagonista de la icónica novela Il Gattopardo, de Giuseppe Tomasi di Lampedusa, para quien la conservación del poder se resume a la máxima “todo debe cambiar para que las cosas sigan igual”. Traducido al lenguaje nacional, se tiene que la permanencia de los mismos actores de poder, de viejos conocidos de ayer y hoy en la escena política mexicana, se ha camuflado, entre rayas y motas felinescas, de una cruzada contra la corrupción del Poder Judicial.

No se trata, en realidad, de un “nuevo Poder Judicial”, tal y como presumen las pancartas colgadas en los postes de calles y avenidas, acechando la mirada de los incautos transeúntes para invitarlos a participar, aunque sea solo por curiosidad, en el simulacro electoral. En su lugar, lo que sí termina por ser cierto es que la reforma allanó y preparó el terreno para que el oficialismo posicionara a sus candidatos más leales con una facilidad sin precedentes, como parte de un asalto al último bastión federal de gobiernos priístas y panistas, al que el expresidente López Obrador gozaba de referirse, no sin ironía, como “conservador”. Este es el caso de Hugo Aguilar Ortiz, próximo presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). El oaxaqueño, cercano al expresidente López Obrador, enfrenta “el rechazo de pueblos originarios que lo señalan por burocratizar despojos con megaproyectos de la 4T y silenciar a víctimas de acoso”.

Aguilar Ortiz no ha dejado pasar la oportunidad para ser parte de la farándula gatopardista, con un primer movimiento igualmente demagógico que la reforma judicial: anticipar su negativa al uso de la toga en las sesiones que mantendrá con sus homólogos, en tanto -ha declarado- busca resaltar los “trajes de gala” de los pueblos indígenas, los cuales, agrega, se lo han solicitado como parte de una “integración pluricultural” de la SCJN.

Abstencionismo arrollador, ¿una excepcionalidad?

El impacto que ha generado este abstencionismo termina por ser escandaloso en la medida en que cuanto mayor es la afectación que produce en la opinión pública hegemónica, menor resulta la capacidad para dimensionar que en realidad no se trata de una excepción, sino de uno de tantos ejercicios electorales en donde la abstención de los votantes supera el 40 % o más de la lista nominal.

Ante la ola de reacciones que emergen como espuma desde la opinión pública, es difícil no recordar aquella novela del Premio Nobel de Literatura, José Saramago, Ensayo sobre la lucidez, cuya trama gira en torno a un país no identificado en donde, a pesar de que se hace manifiesta una multitudinaria votación, 83 % de las boletas son depositadas en blanco. Tarde que temprano esto termina por despertar una paranoia en la cúpula estatal, que ve esto como un signo peligroso de rebeldía que hay que aplacar cuanto antes.

La magistral lección del literato portugués -la cual, dicho escuetamente, apunta a que el problema no son las elecciones, sino el sistema del que emanan- 1 puede sernos útil en esta coyuntura para dar cuenta que propios y extraños se precipitan en querer confirmar en el abstencionismo una irracionalidad política preconcebida.

Al llamado fracaso de la elección judicial se suman otros escenarios con resultados similares, como las consultas sobre el nuevo aeropuerto de la Ciudad de México (2018), 2 de juicio a expresidentes (2021) y de revocación de mandato (2022); las elecciones presidenciales de 2006 y 2024; las intermedias de 2009, 2015 y 2021, y la extraordinaria de Puebla en 2019 (Ver gráfica 1). 3

Gráfica realizada con cifras oficiales del Instituto Nacional Electoral (INE), tomando como punto de partida todas las elecciones realizadas después de la creación del Instituto Federal Electoral (IFE).

Gráfica 1. Realizada con cifras oficiales del Instituto Nacional Electoral (INE), tomando como punto de partida todas las elecciones realizadas después de la creación del Instituto Federal Electoral (IFE).

En este sentido, el verdadero caso anómalo a la constante abstencionista se remonta a más de treinta años atrás, a las elecciones de 1994, en donde se registró una participación del 77 % de la lista nominal. Se trata de un porcentaje razonable, incluso promedio, en países con regímenes políticos consolidados como Australia, Suecia, Dinamarca, Islandia, Noruega, Alemania, Francia, Finlandia, Canadá, Reino Unido, Japón, Estados Unidos, Suiza, etc. (Ver Gráfica 2).

No puede resultar menos que contradictorio, por ende, calificar de exitosas las elecciones del pasado en donde la participación difícilmente rebasa el umbral del 50 %, al mismo tiempo que se considera a esta última como un desacierto. Siguiendo ese razonamiento, según el cual las elecciones judiciales no son legítimas por falta de condiciones idóneas que garanticen una elección justa para todos, entonces, quizás ninguna elección lo sea del todo, dado que la corrupción y las condiciones de desigualdad socioeconómica persisten en cada ejercicio electoral.

Gráfica con la participación electoral en regímenes consolidados 2021 - 2024.

Gráfica 2. Realizada con base en datos extraídos de las autoridades electorales de Australia, Suecia, Dinamarca, Islandia, Noruega, Alemania, Francia, Finlandia, Canadá, Reino Unido, Japón, Estados Unidos y Suiza, así como del Instituto Internacional para la Democracia y la Asistencia Electoral (IDEA). La variación de la participación electoral de un país a otro responde a variables como la confianza en las instituciones, el involucramiento de la ciudadanía en la vida política, la frecuencia con que se celebrarán las elecciones, entre otras.

Si bien hay quienes defienden la hipótesis de que la participación de sólo el 13 % de los electores forma parte de un mensaje político de inconformidad con la reforma judicial, apenas logran reforzarla a partir de un punto aparentemente sólido, que es el ruidoso 10.8 % de votos nulos (más del doble en comparación con el 5.4 % de la elección intermedia de 2009), este argumento no termina por zanjar el problema del abstencionismo del 87 % de los electores, a los cuales les adjudican falazmente la misma intencionalidad que los que optaron por el voto nulo.

Más aún, es prudente cuestionar si los votos nulos responden, en realidad, a una forma de activismo o resistencia contundente en contra de la reforma judicial o de la elección misma. De ahí que sea erróneo, por un lado, colocar al frente de los 12.5 millones de votos nulos un estandarte partidista de oposición a la reforma, ya que su nulidad se debe, en la mayoría de los casos, a confusiones, errores o desconocimiento del proceso de votación. Y por el otro, asociar las boletas en blanco o parcialmente en blanco 4 (poco más de 14 millones) con intención política alguna.

Es factible que el margen de error de los electores al momento de emitir su voto haya incrementado notoriamente en estas elecciones debido a fallas de distinta naturaleza. La primera, de tipo legislativo, en tanto es un completo despropósito celebrar una elección judicial que presupone la votación de 881 cargos, para los cuales se registraron más de 5,000 candidaturas. El domingo pasado los votantes tuvieron que enfrentarse al engorroso y laberíntico proceso de elegir entre 20 y 39 cargos, considerando entre 200 y 375 candidaturas, dependiendo de su ubicación geográfica.

La segunda, de carácter presupuestal, ya que fue la misma Cámara de Diputados la que, sumándole un nuevo grado de dificultad a la contrarreforma, redujo el presupuesto del INE para este año de 40,476 millones de pesos -de los cuales 13,205 millones estaban destinados específicamente a la organización de las elecciones judiciales- a 27,000 millones. Y la tercera, consecuente con las anteriores, de índole técnico e instrumental, particularmente en el mal diseño, por parte del INE, del sistema de votación, de la estructura de la boleta y de la pedagogía institucional; fallas que diversos candidatos y partidos intentaron usar para su beneficio a través de acordeones que indicaban no cómo votar, sino por quién votar.

Votar no es democratizar

Contrario a la que se vocifera desde la vox populi, el voto no es un método de asignación de cargos democrático, sino oligárquico; hecho por el cual se explica que la elección judicial no haya tenido como resultado lo que habitualmente se entiende como democratizar: ampliar la base de ciudadanos realmente elegibles o relajar los criterios de elegibilidad.

Es oligárquico ya que el voto supone una elección (preferir algo antes que otra cosa), lo cual es contrario al principio democrático de igualdad aritmética en el que que se sustenta el sorteo, en el que todos los individuos tienen idéntica probabilidad de ser elegidos. El sufragio introduce una distinción: permite votar y ser votado con base en atributos que desbordan esa paridad numérica, donde cada persona cuenta como una sola unidad, tales como la virtud, la fortuna, la fama, la formación, el linaje, la apariencia o, como ilustra Aristóteles con el caso de una comunidad etíope, incluso la estatura. De suerte tal que “el nombramiento de magistrados por sorteo es democrático y su elección oligárquica; democrática a su vez cuando no hay requisitos [como el] de propiedad, oligárquica cuando los hay.” 5

Si el método de asignación de cargos públicos de la democracia es el sorteo y no el voto, eso implica, igualmente, que no existe ninguna relación de necesidad entre el hecho de llevar a cabo elecciones y la existencia de un régimen democrático. 6 Encima, dice el griego, entre los procedimientos realmente democráticos está el “elegir todas las magistraturas entre todos; que todos manden sobre cada uno y cada uno, por turno, sobre todos; que las magistraturas se designen por sorteo, todas o las que no requieren experiencia y conocimientos técnicos”, 7 como es el caso de los cargos militares y judiciales.

De modo que los resultados de las votaciones llevadas a cabo el primero de junio muestran cómo es que la reforma judicial no terminó por “democratizar” las magistraturas judiciales, sino que facilitó, en última instancia, una elección de Estado, en donde la designación de las candidaturas corrió por cuenta de los otros dos Poderes de la Unión, actualmente en manos de Morena, partido que hizo uso de su núcleo duro de votantes y de su capacidad para movilizar masivamente el voto. Por mencionar sólo un caso de tantos, el Tribunal de Disciplina, órgano encargado de la vigilancia de los jueces, será ocupado por cinco personajes ligados al partido en el poder, cuyos nombres aparecían en los acordeones para votar.

Que la elección de cargos judiciales haya sido sometida a votación terminó por oligarquizar más el régimen político mexicano, ya que tanto el proceso de selección de candidatos como su votación en las urnas se asentaron sobre una desigualdad abismal de talante partidista, entre quienes son afiliados y simpatizantes del partido de Estado, y quienes no lo son. Esta distinción fue crucial para determinar quiénes podían ser legalmente elegibles, así como para afianzar un poder de convocatoria significativo para definir la victoria electoral. Por lo tanto, de haberse tratado de un verdadero reparto democrático (lo cual no significa que sea deseable por sí mismo), éste habría tenido que seguir la siguiente lógica, distinta a la de otro tipo de principios políticos:

Así pues, queda dicho de cuántos modos es posible que sean los tribunales. De éstos, los primeros son democráticos, cuantos son nombrados entre todos los ciudadanos y deciden sobre todos los asuntos; los segundos oligárquicos, cuantos se eligen entre algunos ciudadanos y deciden sobre todas las cuestiones; y los terceros aristocráticos y republicanos, cuantos en parte de sus miembros se nombran entre todos los ciudadanos y en parte entre algunos. 8

¿Qué modelo debe adoptar México? Lo que permite un aumento de la participación política no es el voto, sino una combinación de múltiples factores, principalmente la eliminación de las desigualdades socioeconómicas al momento de acceder a la posibilidad no sólo de votar, sino de ser votado. En definitiva, México debe adoptar el modo de organización judicial republicano en la medida en que salvaguarda el espíritu de su ley fundamental, concebida para constituir una clase libre ubicada en el justo medio entre ricos y pobres, o lo que es lo mismo, para atemperar tanto los excesos de un régimen oligárquico puro, como el recientemente implementado, 9 en donde lo que prima de manera absoluta son cualificaciones muchas veces arbitrarias en tanto obedecen a una razón de Estado; como los de uno democrático puro, en donde la igualdad absoluta, carente de cualquier criterio de elegibilidad, se impone.

* Mauricio Aguilar Madrueño es maestro en Estudios Políticos y Sociales por la UNAM.

 

 

1 El filósofo Slavoj Zizek profundiza en una reflexión sobre este problema al decir que la urgencia de justificar una alta participación en las elecciones y, por lo tanto, el escándalo por el abstencionismo, forman parte de un problema mayor, que es la pseudoactividad o actividad simulada: “el peligro hoy no es la pasividad sino la pseudoactividad, la necesidad de “estar activo” de “participar” para poder enmascarar la vacuidad de lo que sucede.”

2 Esta consulta fue la única de las tres que no fue organizada por el Instituto Nacional Electoral.

3 Desde luego, es importante contextualizar y tomar en cuenta que el número de candidaturas en una elección ordinaria es menor.

4 El INE los clasifica como “recuadros no utilizados”, es decir, “espacios sin marcas ni registros en la zona de recuadros o alguna otra en la boleta que no permite identificar con claridad el sentido del voto”.

5 Aristóteles. (1988). Política (Trad. M. García Valdés). Gredos, 1984, IV, 9, 1294b7; y 4, 1290b5).

6 Las razones por las cuales el régimen político mexicano no puede considerarse democrático, sino que parte de los principios republicanos estipulados en su Carta Magna, exceden el alcance de este artículo. De momento, basta con señalar que el principal responsable de haber difundido la idea errónea, pero ampliamente aceptada, de que la democracia es la forma de gobierno más elevada y el estadío político al que todos los regímenes aspiran, es Estados Unidos. La confusión conceptual y el prestigio actual de la palabra “democracia” no pueden entenderse sin la intensa propaganda global mediante la cual este imperio ha promovido su propio régimen como un modelo democrático a seguir. Desde su fundación, aunque con mayor intensidad al término de la Segunda Guerra Mundial y la Guerra Fría, ha engalanado su régimen con ropajes populares que en realidad esconden una naturaleza plutocrática. Como ha señalado Giovanni Sartori, el término “democracia” tuvo una presencia marginal en los debates políticos y académicos desde la Antigüedad hasta bien entrado el siglo XVIII. Esto se debe a que, de acuerdo con el sentido original que le otorgan Platón y Aristóteles, la democracia es por definición una forma corrupta de gobierno, ya que implica el dominio de la mayoría pobre sobre las demás partes del Estado; supremacía a la que Marx otorga el nombre de dictadura del proletariado.

7 Ibid., VI, 2, 1317b15 y ss.

8 Ibid., IV, 16, 1301a10 y ss.

9 Es importante aclarar que la reforma contempla la figura de la insaculación, que no es otra cosa que el sorteo de candidatos previamente seleccionados. Su propósito es depurar el excedente de candidatos calificados. Sin embargo, este procedimiento no es neutral, ya que el sorteo se da sobre una base seleccionada deliberadamente, lo cual disminuye considerablemente el factor aleatorio. O, en todo caso, se presentan listas ajustadas al mismo número de vacantes disponibles para evitar el sorteo. Esto explica por qué, a pesar de la introducción del método de insaculación en la reforma, la presencia en las boletas de personas cercanas a Morena fue la norma. Puede notarse, entonces, que el sorteo suele ser empleado en los regímenes electorales como un método de depuración o de desempate, según sea el caso. La combinación de ambos métodos de asignación de cargos, o la presencia absoluta de uno, así como la inclusión de todos o de unos cuantos en la participación por las magistraturas del Estado, dice Aristóteles, dependerá del tipo de régimen que se busca preservar. Ibid., IV, 14 1298B10 y ss.; IV, 15, 1300b10 y ss.