Redacción Animal Político · 20 de febrero de 2025
En el transcurso de estas líneas se privilegiará una redacción coloquial, que nos permita acompañar estas historias de resistencia omitiendo abordar aspectos técnico-jurídicos o procesales. A veces, para explicar cosas complejas es preferible privilegiar el uso de un lenguaje común, como lo es el futbolístico. De Galeano aprendimos que podemos hablar de tragedias y de esperanza, usando figuras retóricas de la cancha, de fútbol y epopeyas modernas.
Probablemente, si usted ha tenido la experiencia de realizar un trámite o intervenir en un procedimiento administrativo o judicial, bien sabrá que para las autoridades es un deporte nacional establecer requisitos no previstos legalmente o resolver en perjuicio de los justiciables. Honradas excepciones se han alejado de ese fervor al perjuicio colectivo, desafortunadamente, son la minoría.
Particularmente, hablemos de una dinámica violatoria de derechos humanos: los acuerdos de terminación de Procedimiento de Reconocimiento de la Condición de Refugiado (PRCR) emitidos por la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR). Con esta jugada, la COMAR generalmente da por terminado el PRCR. Como si fuera un juego de fútbol, la COMAR sabe que muchos de estos acuerdos no serán revisados por órganos revisores; en otras palabras, por flagrante que sea la infracción, no habrá VAR, por lo que la COMAR asume el riesgo de cometer esta falta, sabiendo que en su mayoría estos casos quedarán impunes. Las consecuencias más destacadas de este tipo de resolución consisten en hacer inaccesible el derecho al acceso y búsqueda de asilo de los solicitantes, exponiendo ante el riesgo de detención migratoria y de deportación.
Así como cuando evaluamos las faltas como espectador, en las que juzgamos el dolo o imprudencia, bien podemos decir que la COMAR, al reanudar la obligación de acudir a firmar de los solicitantes de PRCR mediante redes sociales, con publicación de 27 de febrero de 2024 que entró en vigor el 01 de marzo de 2024, lo hizo con dolo o imprudencia porque esa forma de comunicación no es una de las previstas legalmente para comunicar una obligación procesal. Por estos medios, difícilmente los destinatarios del mensaje se enterarán de su contenido por distintas barreras a las que se enfrentan: muchas veces no hablan español, no cuentan con internet o celular para consultar las redes sociales o página oficial de la COMAR. Así como cuando se reprueba el juego sucio y se aborrece al rival que gana partidos, por medio de faltas flagrantes no sancionadas, bien deberíamos reprobar estas conductas que cometen nuestras autoridades.
Sobre el caso en concreto podemos mencionar que el 22 de agosto de 2024, la Oficina Representativa de la COMAR en la Ciudad de México (COMAR CDMX) emitió diversos acuerdos de terminación de PRCR en detrimento de muchas personas solicitantes, debido a que no dieron cumplimiento a la obligación de reanudación de firma publicada en redes sociales el 01 de marzo de 2024. Y que a juicio de la COMAR CDMX, los solicitantes no expusieron causas justificadas para acudir a firmar.
Muchas personas acudieron a las Oficinas de Sin Fronteras a solicitar apoyo para impugnar los acuerdos de COMAR CDMX que se emitieron en su contra. No obstante, al realizar la atención correspondiente, se explicó a las personas las alternativas legales para controvertir su caso y, al no existir la garantía de tener un resultado exitoso, muchas personas decidieron no interponer dicho recurso y dar por concluido su deseo de permanecer en México, tomaron la decisión de abandonar el país, emprendiendo viaje rumbo a EUA. Otras decidieron regresar a su país, con los riesgos que ello implica. Pocas personas decidieron resistir, esperar y ser representadas por el área de Defensoría de Sin Fronteras, para impugnar sus acuerdos de terminación mediante demandas de Amparo Indirecto.
Como espectador, uno se maravilla ante historias de lucha y resistencia, como aquellos partidos en donde el equipo chico vence al equipo grande. Claro, a todos nos encanta la justicia poética, porque hay belleza en las historias que rompen la lógica y cualquier probabilidad estadística. Y cómo no valorarlas cuando provienen de historias reales, cuando muchos de nosotros cuidamos el resultado, jugando al empatito a cero, cuando tenemos malos días.
Personas valientes que decidieron jugar este partido y defender hasta el final su derecho a solicitar asilo en México, contra la COMAR, nos invitan a maravillarnos de su historia. Una pareja rusa (conformada por mujer y hombre) una mujer afgana, y un hombre haitiano resistieron y decidieron hacer frente contra esta dinámica de COMAR, interponiendo Juicio de Amparo Indirecto para combatir los acuerdos de terminación de PRCR dictados en su contra. Estas epopeyas modernas pueden inspirar aún más cuando consideramos que los protagonistas de esta historia abandonaron su país por la existencia de conflictos armados, contextos generalizados de violencia y crisis de derechos humanos en sus países de origen. Curtidos por la adversidad, acostumbrados a la injusticia y escenarios adversos, como si fueran juegos de preparación, para un partido decisivo, estos retos les han dado la experiencia necesaria para no dar marcha atrás, aunque la balanza de las circunstancias de la vida les invite a titubear.
Contra todo pronóstico, y muchos factores en contra, en dos Amparos obtuvieron sentencia favorable. Consistentes en los Amparos Indirectos, 1507/2024 y 1508/2024, de la pareja rusa y la mujer afgana, respectivamente, radicados ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, para efecto de que la COMAR CDMX revoque los acuerdos de terminación de PRCR dictados en su contra y emitiera diversos para reanudar sus PRCR. Con esta decisión, se logró empatar y estirar a tiempo extra los procedimientos contra la COMAR. Seguiremos acompañando a pareja rusa y mujer afgana, hasta el final en su lucha por su reconocimiento de la condición de refugiado en México.
Por ello es digno de reconocer el trabajo y participación de los jueces federales en los Juicios de Amparo. Los juicios, como los juegos de futbol, requieren de un árbitro justo, en el primero para que los derechos humanos no se vean afectados, en el segundo para que la pelota no se vea manchada.
Los razonamientos inmersos en las sentencias bien pueden servir de referencia en casos futuros en los que se combatan acuerdos de terminación de PRCR. Esperemos que muchos juzgadores federales, al revisar casos similares, tengan temple de árbitro al que no le tiembla la mano en sancionar una falta analizada en el VAR contra equipos locales en partidos difíciles.
En cuanto al hombre haitiano, continua en resistencia. Su amparo registrado con el número 1408/2024, radicado ante el Juzgado Séptimo de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, actualmente se encuentra en espera de dictado de sentencia. Ojalá tenga un resultado favorable y continuemos maravillando con estas historias de lucha y la resistencia, en las que las asimetrías de poder no deciden el resultado. Porque tanto en el fútbol como en la vida necesitamos que todos podamos obtener resultados con justicia y siempre será motivo para maravillarnos las victorias de aquellos que, contra todo pronóstico, sacan el resultado.
* Luis Felipe Calva Arriola es defensor de Derechos Humanos, abogado encargado del área de Defensoría en Sin Fronteras IAP.