Redacción Animal Político · 5 de diciembre de 2024
El pasado lunes 2 de diciembre el Copred anunció la opinión consultiva solicitada por sociedad civil 02/2024 sobre la Discriminación hacia Personas Trans y No Binarias en el Uso de Baños Públicos en la Ciudad de México, la cual fue solicitada por Jessica Marjane Durán Franco, directora de la Red de Juventudes Trans.
Ante un contexto de violencia y discriminación contra las personas trans y no binarias, que les coloca todavía en el centro de las violencias, el Copred, en conjunto con la plataforma de denuncia Visible, 1 documentaron 36 casos de discriminación y violencia en el acceso a baños de uso público en distintos espacios que van desde los establecimientos mercantiles, hasta las instituciones educativas y centros laborales. Ello denota lo arraigados que se encuentran los prejuicios hacia las personas cuya identidad de género no se ajusta a las expectativas cissexistas, es decir, aquellas expectativas que consideran que la concordancia entre el sexo asignado al nacer, así como la identidad y expresión de género de las personas, es la única condición natural, válida éticamente, legítima socialmente y aceptable.
Entre 2013 y el 31 de octubre de 2024, el Copred ha atendido a más de 500 personas que se han identificado como trans y que han denunciado casos de discriminación, en consecuencia, se han abierto 98 expedientes relacionados con la discriminación por identidad de género o por transfobia (no todos los casos acaban en expediente pues puede haber gestiones o canalizaciones a otras instancias).
Asimismo, los datos que recaban organizaciones como LetraS 2 nos muestran que las personas trans, principalmente las mujeres, siguen siendo sujetas de violencia, contándose 43 casos de transfeminicidios durante el 2023. Mientras que, según reportes de prensa, hasta octubre de 2024, se han registrado 55 asesinatos de mujeres trans en México. Además, hay reportes de 5 desapariciones forzadas relacionadas con esta población. Las cifras reflejan una alarmante tendencia de violencia contra las mujeres trans en el país, siendo la Ciudad de México una de las áreas con más casos documentados, con 12 transfeminicidios hasta esa fecha. 3
En este sentido, el Copred resolvió emitir esta opinión como una medida positiva que no resuelve un caso particular, sino que busca ofrecer un marco legal y ético para prevenir y eliminar la discriminación en el acceso a baños públicos para personas trans y no binarias, que garantice un acceso libre de prejuicios y basado en el respeto a la identidad de género de las personas, protegiendo su derecho a la dignidad y el libre acceso a servicios públicos y privados. Esta opinión consultiva pretende establecer los estándares bajo los cuales debe entenderse, promoverse, respetarse y garantizarse el derecho de las personas trans y no binarias a acceder a los baños en espacios públicos.
Este posicionamiento resalta la necesidad urgente de revisar y actualizar las políticas de acceso a baños, además de promover campañas de sensibilización y formación entre el personal de establecimientos públicos y privados sobre los derechos de las personas trans y no binarias.
La fundamentación jurídica presentada abarca de manera detallada los principios fundamentales de igualdad y no discriminación, esenciales para el marco normativo de los derechos humanos tanto en el ámbito internacional como nacional, con énfasis en la protección de las personas trans y no binarias. Así, se fundamenta en normas de fuente internacional, como lo son la Declaración Universal de los Derechos Humanos o la Convención Americana de Derechos Humanos, y determinaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; así como de fuente nacional, como la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General para una Vida Libre de Violencia y las decisiones de la Suprema Corte de Justicia; y de fuente local, como la Constitución Política de la Ciudad de México, la Ley Constitucional de Derechos Humanos, la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México y la Ley para el Reconocimiento y Atención de las Personas LGBTTTI.
A nivel nacional y a nivel Ciudad de México, existe un marco legal bastante robusto que reconoce, protege y garantiza los derechos de las personas trans y no binarias, siendo el derecho a la rectificación de sus documentos uno fundamental para el ejercicio de los demás. En este sentido, resulta lógico que, si el Estado mexicano reconoce el derecho a la identidad de género de las personas trans y no binarias, luego debe garantizarles su ejercicio en todos los espacios y aspectos, por lo tanto, garantizar su acceso a los sanitarios en espacios públicos resulta fundamental.
Para efectos de esta opinión se entiende por baños como cualquier espacio o conjunto de espacios destinados a la higiene, el aseo personal y el cambio de ropa, los cuales incluyen sanitarios, vestidores, cambiadores y otros servicios de aseo. Estos espacios son provistos para el uso de personas en edificios públicos y privados, centros comerciales, instalaciones deportivas, establecimientos educativos, laborales y recreativos, entre otros y cada caso requerirá del análisis específico por parte del área de atención.
Acceder a un baño no es un asunto tan banal como se ha leído en las redes sociales, imagina que vas al cine y que no puedes ir al baño, hasta llegar a tu casa. O imagina que vas a la escuela o la universidad y que no puedes ir al baño hasta llegar a tu casa, lo mismo en tu trabajo, imagina que no puedes utilizar el baño en tu trabajo durante toda tu jornada laboral, y probablemente tampoco en el trayecto a casa. Esto viven las personas trans cada vez que salen de casa, y no es que no haya baños, y tampoco es que no quieran usarlos, sino que muchas personas prefieren no usarlos por miedo a que se les impida el acceso o que estando adentro, sean sacadas con violencia y humillación, tal y como sucedió en el caso de Jessica Marjane en un centro comercial o a P. y C., así como a Laura Glover en un cine. También hay casos en que quieren usarlos, pero se les impide, mediante supuestas reglas en un espacio laboral o educativo.
El uso de los baños es una necesidad que compartimos todas las personas y que su segregación en los espacios públicos no obedece a un tema de seguridad, sino a un tema de moral que acaba revisando o supervisando quiénes sí se adecuan a la expectativa de “ser mujer” o “ser hombre” y quienes, no. Ir al baño es indispensable y parte del cuidado de higiene y la salud de las personas, muchas personas trans viven con infecciones urinarias por no ir al baño por el terror que les implica esto. Desde el Copred queremos alertar que esta situación es discriminatoria y violenta, que tiene efectos graves en la salud mental, física y emocional de las personas y que se sustenta tan solo en prejuicios.
En la Ciudad de México no se ha tenido dato de ningún episodio en que una persona trans haya entrado al baño a violentar a mujeres o niñas. Los casos de otros países que circulan en las redes nos dan la razón porque los hechos que suceden son de una persona violenta que puede resultar o no trans, pero no es la identidad de género lo que la hace violenta, sino los hechos objetivos que dan muestra de que su intención era entrar al baño a molestar niñas o adultas. Esto puede suceder, y ha sucedido, con hombres y mujeres cis, es decir, no trans. Ser una persona trans o no binaria no les convierte en violadores o agresoras. Pensar eso es un prejuicio fuertemente arraigado que tiene origen en la transfobia, es decir, temor, un odio o una aversión irracional hacia las personas trans, es decir, hacia aquellas cuya identidad de género no coincide con el sexo que se le asignó al nacer. Este término incluye a personas que transitan o desean transitar de un género a otro, y puede abarcar a mujeres trans (personas asignadas como hombres al nacer pero que se identifican como mujeres), hombres trans (personas asignadas como mujeres al nacer pero que se identifican como hombres) y personas no binarias que no se alinean exclusivamente con el género masculino o femenino.
De tal forma que, la opinión anunciada presenta un criterio legal para la atención de los casos de obstaculización del uso de baños hacia personas trans o no binarias:
El acceso a los baños para las personas trans y no binarias debe ser conforme a su identidad de género, sin restricciones basadas en prejuicios o estereotipos. Excluir o impedir el uso de los baños de acuerdo con la identidad o expresión de género de una persona es discriminatorio y viola el derecho a la igualdad y no discriminación, tal como lo establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (art. 1º), la Constitución de la Ciudad de México (art. 4º y 11º) y diversas convenciones internacionales, como la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México. Además, se hace énfasis en que cualquier acto de discriminación basado en la identidad o expresión de género, como la exclusión del acceso a baños, es ilegal y puede ser denunciado ante las autoridades competentes (COPRED).
El acceso a baños públicos debe garantizarse a todas las personas de acuerdo con su identidad de género, ya que imponer restricciones basadas en características personales constituye una forma de segregación discriminatoria. La segregación en este contexto no solo afecta la dignidad humana, sino que también infringe principios de igualdad al perpetuar barreras sociales y económicas que excluyen injustamente a las personas trans de la vida pública.
Por otro lado, la opinión busca establecer un estándar para que los baños públicos en la Ciudad de México sean seguros, universales e incluyentes, garantizando acceso y respeto para todas las personas, sin importar su identidad de género, discapacidad, o contexto cultural.
Los baños deben ser espacios de seguridad, accesibilidad y confort, con características clave:
1. Acceso y Uso:
2. Inclusión de Diversidades de Género:
3. Espacio y Distribución:
4. Iluminación y Visibilidad:
5. Limpieza y Mantenimiento:
6. Privacidad y Comodidad:
7. Accesibilidad para Personas con Discapacidad:
8. Sensibilidad Cultural:
9. Elementos de Seguridad Física y Psicológica:
10. Equidad y Gestión de Recursos:
11. Educación y Conciencia Social:
En este sentido, un baño seguro, universal e incluyente es aquel que promueve la igualdad, respeta la diversidad de género, y garantiza la accesibilidad para todas las personas, eliminando barreras de discriminación y asegurando la dignidad y privacidad de los usuarios. Este enfoque tiene en cuenta las necesidades individuales y busca generar un ambiente libre de exclusión, donde se promueva la equidad y el respeto.
Estos estándares pueden ser sugeridos en establecimientos mercantiles, instituciones educativas o espacios laborales, por igual. Se busca que los baños dejen de ser segregados por género y que avancemos hacia baños universales o unisex. Estos baños ya existen en muchos espacios, tanto de oficinas públicas como privadas, universidades y establecimientos mercantiles, el que sean seguros depende de que el local establezca medidas de seguridad no de quienes entran en él, después de todo, el hecho de que haya una figura femenina en la puerta del baño no va a detener a un violentador. Eso se logra, con medidas específicas de seguridad, que justo son parte del estándar que el Copred propone y que son las que hay que exigir a los empleadores, instituciones y establecimientos. Pensar que una persona trans, por ser trans, busca agredir al entrar a un baño, es un prejuicio muy violento que criminaliza a las personas tan solo por su identidad o expresión de género. No hay un sustento en esto más que los prejuicios.
En cambio, las personas trans y no binarias sí han sido agredidas por entrar al baño, por usar el baño como cualquier otra persona. Ello muestra los casos que documentamos que representan, tan solo, la punta del iceberg. Eso es discriminación porque asumir que por su identidad y su presencia violentan a alguien, es poner en acción el prejuicio transfóbico de que las mujeres trans no son mujeres, de que los hombres trans no son hombres, y la noticia es que sí lo son y desde el Copred les protegemos.
1 El Copred tiene un convenio de colaboración con Visible para la referencia y contrarreferencia de los casos denunciados en su plataforma y a su vez, los denunciados en el Copred para que sean registrados en la plataforma.