“Es un derecho fundamental”: Chiapas aprueba Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales

Redacción Animal Político · 28 de agosto de 2025

“Es un derecho fundamental”: Chiapas aprueba Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales

Este miércoles 27 de agosto, el Congreso de Chiapas aprobó la Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales, con la cual los pacientes podrán decidir si desean o no ser sometidos a tratamientos que “prolonguen innecesariamente la vida.

La nueva ley —detalla el Legislativo local— “garantiza en todo momento la dignidad, autonomía y derechos del paciente con enfermedad incurable o en situación terminal; la declaración puede revocarse en cualquier momento”.

Dicha iniciativa fue presentada por la diputada Getsemaní Moreno Martínez, de Morena, quien señaló que acceder a la voluntad anticipada es un “derecho fundamental”, ya que se garantiza que cada persona pueda decidir sobre su vida, su salud, así como sobre su proyecto personal, siempre y cuando se respete la ley y los derechos de otros.

La legisladora agregó que esta no consiste en un acto deliberado para terminar con la vida de un paciente: “no es eutanasia, no prolonga ni acorta la vida”, sino que respeta el momento natural de la muerte y favorece los cuidados paliativos, así como el acompañamiento y soporte humano, sin intervención médica.

“Es un derecho fundamental”: Chiapas aprueba Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales
(Foto: Congreso de Chiapas).

Con la aprobación de esta ley se crea el Registro Estatal de Voluntades Anticipadas, el cual estará a cargo de la Secretaría de Salud, institución que deberá recibir, resguardar y dar seguimiento a todas las solicitudes.

Otros estados con una legislación similar son Coahuila, Aguascalientes, San Luis Potosí, Michoacán, Hidalgo, Guanajuato, Guerrero, Nayarit, Estado de México, Colima, Oaxaca, Yucatán, Tlaxcala y Puebla.

¿Cómo acceder a la voluntad anticipada en Chiapas?

Los pacientes que deseen acceder a la voluntad anticipada en Chiapas deberán presentar un documento ante notario público, en el que se establezca la manifestación personal, libre, consciente, inequívoca e informada.

Se requiere la firma del otorgante, dos testigos y la designación de un representante. La manifestación puede incluir la donación de órganos.

“Es un derecho fundamental”: Chiapas aprueba Ley de Voluntad Anticipada para enfermos terminales
(Foto: Cuartoscuro).

La voluntad anticipada deberá ser notificada a la Secretaría de Salud en un plazo no mayor a tres días hábiles, y también se debe contar con un diagnóstico de la institución.

El documento —se precisó— lo puede suscribir la persona enferma en situación terminal, certificada por el médico tratante, y que esté hospitalizada y con capacidad de ejercicio; o bien, los padres o tutores en caso de un menor de edad o persona incapaz. En su defecto, y por orden: cónyuge, concubina o concubino, hijos mayores, padres, nietos mayores, hermanos mayores.